martes, 24 de septiembre de 2019

En Comisiones se aprueban reformas a la Ley de Salud para reconocer a la Podología en la prevención y atención del pie diabético en el Estado de Puebla


Presentan iniciativa para expedir la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla


19 de junio, 2019

BOLETÍN DE PRENSA 578

EL DIPUTADO FERNANDO JARA PRESENTÓ UNA INICIATIVA PARA REFORMAR LA LEY DE SALUD, PARA INCLUIR LOS SERVICIOS DE PODOLOGÍA Y UNIDADES DE PIE DIABÉTICO

Por su parte del diputado Fernando Jara Vargas presentó una iniciativa de decreto para reformar la Ley Estatal de Salud, con la finalidad de incluir el área de podología y la creación de unidades del pie diabético como parte de los servicios del sistema estatal de salud, y no sólo como personal capacitado en el área estética.

Jara Vargas consideró que con las reformas a la Ley se podrá detectar y atender de manera oportuna a las personas que padecen el problema de pie diabético, que permitirá mejorar la calidad de vida de los pacientes y evitar la amputación de extremidades por falta de atención adecuada y oportuna.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y resolución procedente.



 El suscrito, Diputado Luis Fernando Jara Vargas integrante del grupo
parlamentario del partido Morena, de la LX Legislatura del Honorable Congreso
del Estado Libre y Soberano de Puebla, y con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 57, fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 2, fracción VII;
44, fracción II, 134, 135, 144, fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, así como el artículo 120, fracción
VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado de Puebla y demás
relativos aplicables, se somete a consideración de esta Soberanía la presente
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el cual se reforma el artículo 72 de la
Ley Estatal de Salud, al tenor de los siguientes considerandos, teniendo en
cuenta la inclusión de la especialidad de la Podología en las Unidades de Atención
de los Servicios de Salud del Estado de Puebla y el desarrollo de Unidades de pie
diabético y problemas del pie, quedando de la siguiente manera:


C O N S I D E R A N D O S

Que la diabetes es una enfermedad que está destruyendo a millones de personas en
el mundo, la cual está asociada a diferentes problemas no solamente de mortalidad,
sino en problemas de discapacidad causando daños en la edad más productiva del
ser humano y reduciendo la esperanza de vida de las personas mayores.
Que la población Mexicana en padecer diabetes a nivel mundial, la cual no solo
impacta a la sociedad generando gastos catastróficos en hogares dejándolos en un
estado de vulnerabilidad muy grande.

Que la diabetes también sigue generando gastos muy altos en el Sector de la Salud
Pública, ocupando gran parte del presupuesto que le asigna a este sector para su
tratamiento, y a su vez representa una gran carga para los sistemas de salud.
Que la diabetes es una enfermedad la cual deja complicaciones en el ser humano,
una de estas, el pie diabético, que es una complicación crónica que consiste en
lesiones graves de los tejidos y en el peor de los casos la amputación.
Las complicaciones del pie son trastornos muy complicados y costosos de la
diabetes.

Que el derecho a la salud está consagrado 4 Constitucional, obedeciendo a un
mandato que considera en su párrafo cuarto lo siguiente: Toda persona tiene
derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el
acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las
entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone
la fracción XVI del artículo de 73 de esta Constitución.

Que la Ley Estatal de Salud no incluye dentro de su marco legal y dentro de sus
áreas a la podología, siendo esta de suma importancia para la atención y tratamiento
adecuado para personas que padecen pie diabético., incluyendo a la podología
dentro de los sistemas sanitarios que ofrece el estado podrá obtenerse una mejor
atención para estos problemas teniendo como resultado la reducción del
presupuesto que es destinado para esta enfermedad ya que existirá una mejor
atención de prevención.

Que las funciones del podólogo auxilian el primer diagnóstico de la diabetes para la
detención oportuna.

Tal y como se estable en la exposición de motivos el derecho a la protección de
Salud estipulados en el artículo 4to de la Constitución Política de Los Estados
Unidos Mexicanos, la diabetes en estados muy específicos deben ser tratados por
especialistas tal y como lo es la atención del pie diabético.

Se cita un Estudio sobre el costo de pie diabético en un hospital de segundo nivel de
atención médica del Instituto Mexicano del Seguro Social en Puebla, México.

Describe como el costo por evento de ulcera de pie diabético va desde los $43,161
pesos a los $82,451 pesos es de resaltar que en este estudio solo se consideraron
los gastos dentro de la unidad hospitalaria quedando fuera los gastos indirectos del
usuario que son: gastos de traslado, pérdida de ingresos por incapacidad laboral. En
este estudio no se establece si los gastos reportados incluyeron el ingreso del
usuario hasta el alta o resolución del problema o si el gasto fue por visita a la unidad
hospitalaria, lo que esto supondría un aumento en las cantidades por usuario.

El darle la importancia a la atención del pie diabético es a su vez reconocer a los
especialistas para el trato de este problema, que son, los podólogos, la podología al
ser en su mayoría un tratamiento ambulatorio previene no solo cuestión de ulceras,
sino en otro de los casos las amputaciones que generan un gasto catastrófico y en el
peor de los casos la muerte.

La detección de estos factores da lugar un margen amplio de actuación mediante el
cual se debe incluir educación en cuidados del pie, el incremento de vigilancia en
pacientes la aportación de un especialista que da cuidados podológicos, calzado,
plantillas especiales para prevenir ulceración y otros problemas.

Actualmente en la Ley Estatal de Salud, no estipula o reconoce a la podología dentro
de su ordenamiento legal tan es así que han estigmatizado la especialidad de la
podología en Puebla, no dándole el valor que debe tener esta área de la medicina.
La diabetes no solo genera gastos al sector público de la medicina, las familias y
pacientes, genera una carga de trabajo en los diversos sistemas sanitarios, tan es
así que esto podría resolverse con la inclusión de un profesional en los centros de
salud públicos en el primer nivel de atención, esto conllevaría a la descarga de otras
áreas de la medicina como los son: cirujanos, ortopedistas y traumatólogos,
funcionaria para reducción de pacientes en áreas de hospitalización y reducción de
tiempos de espera para servicios de medicina interna, dermatología, traumatología y
ortopedia, rehabilitación física y cirugía y urgencias.

Por lo anteriormente expuesto y fundado pongo a consideración del Honorable
Congreso del Estado de Puebla el siguiente Proyecto de Decreto:

D E C R E T O

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 72 de la ley Estatal de Salud, para quedar
de la siguiente manera:

Artículo 72.- Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la
medicina, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, trabajo social,
química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología, optometría,
podología y sus ramas, y las demás que establezcan otras disposiciones legales
aplicables, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización
o de profesional técnico hayan sido legalmente expedidos y registrados por las
autoridades educativas competentes.

Para el ejercicio de actividades técnicas y auxiliares que requieran conocimientos
específicos en el campo de la medicina, odontología, veterinaria, enfermería,
laboratorio clínico, radiología, terapia física, terapia ocupacional, terapia de lenguaje,
prótesis y órtesis, trabajo social, nutrición, citotecnología, patología, bioestadística,
codificación clínica, bioterios, farmacia, saneamiento, histopatología y
embalsamiento, podología y sus ramas, se requieren que los diplomas
correspondientes hayan sido expedidos y registrados por las autoridades educativas
competentes.

A R T Í C U L O S   T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación
en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que contravengan este decreto.


Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza al mes de Junio del 2019


____________________________________
Dip. Luis Fernando Jara Vargas


En Comisiones se aprueban reformas a la Ley de Salud para reconocer a la Podología en la prevención y atención del pie diabético




18 de septiembre, 2019

BOLETÍN DE PRENSA 739

En Comisiones se aprueban reformas a la Ley de Salud para reconocer a la Podología en la prevención y atención del pie diabético


             Las y los diputados de la Comisión señalaron que reconocer a la Podología como una rama especializada en el tratamiento del pie diabético es un paso importante en la salud de las y los poblanos

             También, las y los integrantes aprobaron un exhorto a la Secretaría de Salud y a los municipios a reforzar estrategias de prevención contra el dengue, con la finalidad de evitar su proliferación


Por unanimidad, la Comisión de Salud que preside la diputada Cristina Tello Rosas aprobó el Dictamen para reformar el artículo 72 de la Ley Estatal de Salud, con la finalidad de reconocer a la Podología en el sistema sanitario para la prevención, atención y vigilancia del pie diabético.

La diputada Cristina Tello Rosas señaló que la Podología es una especialidad de la medicina, que es de suma importancia para la atención y tratamiento adecuado del pie diabético, por lo que al ser incluida dentro de los sistemas sanitarios del estado, permitirá una mejor atención para la población.

En las reformas al artículo 72 se establece que para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de Podología se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización o de profesional técnico hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.

Durante la discusión de la Iniciativa presentada por el diputado Fernando Jara Vargas, la diputada María del Carmen Saavedra señaló la importancia de permitir que en la Ley de Salud se incluya a la Podología, como una rama especializada en el tratamiento del pie diabético, en favor de las y los poblanos.

Por su parte, la diputada Olga Lucía Romero mencionó que ante los grandes problemas de diabetes que se registran en el país, la función de la Podología es de vital importancia para la prevención y atención de las personas que padecen de pie diabético en la entidad.

En ese sentido, el diputado Luis Fernando Jara Vargas señaló que la Podología es importante, no sólo para el tratamiento del pie diabético, sino en muchos de los casos para la detección temprana de la diabetes, que se verá reflejado en la salud y una mejor calidad de vida para las y los poblanos.

De igual manera, el diputado Javier Casique Zárate afirmó que el reconocimiento de la Podología en la Ley de Salud, como una rama especializada en el tratamiento del pie diabético es un paso importante para las acciones de prevención de este tipo de enfermedades.

Finalmente, la diputada Liliana Luna Aguirre sostuvo que aun cuando la Ley General no ve a la Podología como una rama de la medicina, no se puede hacer caso omiso a la gran necesidad que tienen los pacientes diabéticos en su atención, por lo que avaló el Dictamen y externó su voto a favor.







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